La Revisión Periódica, busca salvar vidas reduciendo los riesgos por intoxicación con monóxido de carbono o detectando posibles fugas de gas.
En Gas Universal Reparaciones velamos por la integridad de nuestros clientes y la de sus empleados. De acuerdo a la normativa se debe realizar por lo menos una revisión periódica a sus redes internas de suministro de gas en períodos no superiores a 5 años desde el centro de medición (redes internas, equipos a gas, sistemas de ventilación y chimeneas).
En este sentido, la Comisión de Energía y Gas, CREG, expidió la Resolución 059 de 2012, la cual establece un plazo mínimo y máximo para realizar la Revisión Periódica, además le impone al Ministerio de Minas y Energía, expedir una reglamentación a través de la cual se dispone quiénes son los responsables para realizar dicho procedimiento, así como las responsabilidades y derechos de las distribuidoras y los usuarios.
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Principales aclaraciones:
1. ¿Cuándo inicia la fecha de vigencia de la Resolución?
La Resolución 059 de 2012 entra a regir a partir del primer día hábil siguiente del sexto (6) mes de la entrada en vigencia del reglamento técnico para la actividad de revisión periódica de las instalaciones internas de gas expedido por el ministerio de Minas y Energía.
2. ¿Para qué empresas del grupo aplica esta Resolución?
La Resolución 059 de 2012, salvo en el plazo mínimo y máximo, que aplica para todas las distribuidoras, aplica para Gasoriente, Gas Nacer y Gas Natural S.A, ESP. En el caso de la Empresa Gas Cundiboyacense no aplicara hasta que se termine la vigencia de los contratos de concesión especial para que la prestación del servicio público domiciliario de distribución de gas natural por red de tubería en forma exclusiva en el año 2014.
3. ¿Por qué debo hacer la Revisión Periódica?
La Revisión Periódica de las instalaciones a gas, fue instaurada por la Comisión Reguladora de Energía y Gas (CREG) bajo resolución 067 del 21 de diciembre de 1995, y modificada por la resolución 059 de 2012 de la Comisión Reguladora de Energía y Gas (CREG) “por la cual el Usuario deberá realizar una Revisión Periódica de la Instalación Interna de Gas entre Plazo Mínimo entre Revisión y el Plazo Máximo de Revisión Periódica con Organismos de Inspección Acreditados en Colombia para esta actividad como Gas Universal Reparaciones, las cuales podrán realizar la actividad directamente como Organismo Acreditado.
4. ¿Con quién puedo hacer las reparaciones que se deriven de la Revisión Periódica?
Con toda empresa que este inscrita en la Superintendencia de Industria y Comercio ( SIC) y cuenten con sus certificados de competencia laboral vigentes, emitidos por los organismos autorizados para tal fin.
En Gas Universal Reparaciones, contamos con personal certificado y altamente calificado para llevar a cabo la revisión y preparación de la revisión reglamentaria, además de realizar reparaciones en sus equipos de gas.